26 de enero de 2013

VECINO VIGILANTE YUCATAN.- Conducción segura en bicicleta

Las bicicletas son también vehículos dentro del tránsito, y por lo tanto,

aún en las ciclovías y bicisendas, se deben respetar todas las normas de circulación,

como los semáforos, la prioridad peatonal, todas las señales de tránsito,

no beber nada de alcohol antes de conducir, no usar celular ni auriculares.

Por su seguridad y la de los demás, es importante que los ciclistas siempre respeten las siguientes normas:
  • Circular por la calzada en el sentido del tránsito, nunca de contramano. Si existe senda para ciclistas, circular por ella, no por la calzada.
  • Circular sobre la derecha
  • Hacer señales antes de maniobrar: al girar a la izquierda, a la derecha y para frenar.

Señales manuales (del conductor de automóviles o bicicletas)

El conductor de vehículos puede reforzar su comunicación con los demás vehículos que comparten la vía con señales manuales.
El ciclista necesita avisar sus maniobras por medio de señales manuales ya que no dispone de sistema de luces para ello. Estas señales, en todos los casos, indicarán:
a) Giro a la izquierda: brazo izquierdo extendido hacia la izquierda.
b) Giro a la derecha: brazo izquierdo flexionado hacia arriba. (Solamente los ciclistas pueden hacer también esta señal con el brazo derecho extendido hacia la derecha).
c) Detención o reducción de velocidad: brazo extendido moviéndose del centro  hacia abajo.
d) Ceder el paso: brazo izquierdo extendido abajo, moviéndose de atrás hacia delante.

  • Hacerse ver, iluminándose con ropas claras y materiales reflectantes (chaleco o cintas para el cuerpo y placas para las ruedas, ojos de gato, pedales y manubrio de la bici). Llevar las luces reglamentaria: blanca adelante y roja atrás.

 

  • Usar siempre casco para ciclistas.

Utilidad del casco

Como en el caso de los motociclistas, el casco ayuda a reducir el riesgo de lesiones severas en la cabeza y cerebro reduciendo la fuerza del impacto desencadenada en una colisión o caída, de tres maneras diferentes:
1- Absorbe parte de la energía del impacto con su estructura, por lo que la cabeza se detiene más lentamente y el cerebro golpea contra el cráneo con menos fuerza.
2- Dispersa la fuerza del impacto en una superficie más grande por lo que la energía del choque no se concentra en una sola parte de la cabeza.
3- Actúa como barrera que evita el contacto entre el cráneo y el objeto del impacto, Por ejemplo, el cordón de la vereda o el suelo.
Para que el casco actúe eficazmente es fundamental que esté correctamente colocado, y que sea del tamaño acorde a la cabeza, quedando fijo y sin movimiento.
  • No beber alcohol si se va a conducir.
  • Evitar cargar a acompañantes o cargas pesadas y/o voluminosas.
  • Evitar zigzaguear o hacer piruetas que puedan desestabilizar.
  • No tomarse de otro vehículo para circular.
  • No usar auriculares que disminuyan la audición y atención.
  • Prestar atención al estado del pavimento para poder evitar agujeros, depresiones, manchas de aceite, líneas pintadas, etc. De no poder evitarlos se los debe atravesar en línea recta para evitar desestabilizarse, también las vías férreas.
  • Disminuir la velocidad y adecuar el uso de los frenos cuando hay pavimento húmedo.
  • Mantener adecuada distancia de los demás vehículos circulantes y estacionados.
  • Mirar el interior de los vehículos estacionados para evitar tener problemas con puertas que se abren o arranques sin aviso.

  • Respetar todas las señales y normas de tránsito (especialmente, no olvidar la detención ante el semáforo en rojo y el respeto a la prioridad peatonal).
  • Mantener la bicicleta en buenas condiciones.

 

Lo que dice la ley

Ley Nacional de Tránsito (Art.31): Además del estricto cumplimiento de las normas de esta ley, como vehículos dentro del tránsito que son, deberán guardar, entre otras razones, como requisito elemental de subsistencia dentro del peligroso tránsito argentino, las siguientes obligaciones:
Art. 40 bis, incorporado por ley 25.965) Las bicicletas estarán equipadas con frenos, espejos retrovisores en ambos lados, timbre o bocina, permitiéndose un solo ocupante, con excepción de una breve carga o niño ubicado en un asiento especial, elementos retrorreflectivos en pedales y ruedas, y luces (una luz blanca, hacia adelante y otra roja hacia atrás).

Reglamentación. El color rojo se utilizará para las superficies vistas desde la parte posterior.

El conductor llevará puesto un casco protector. (Es obligatorio en todas las provincias que hayan adherido a la modificación introducida por la mencionada ley 25.965).
Provincia de Buenos Aires: Adhirió a la Ley Nacional de Tránsito en 2008, cuando estaba modificada por la Ley 25.965, por lo que entendemos que en ella es obligatorio el uso del casco en bicicleta

Ciudad de Buenos Aires (Ley 2.148, 6.10.6 y 7 )
La edad mínima para conducir ciclorodados en las calzadas de las arterias donde esté autorizado (es decir, donde no esté prohibido) es de 12 años.
Los menores de esa edad sólo podrán hacerlo si van acompañados por otro ciclista de 18 años o más.
Pero los menores de 12 años podrán circular libremente por las bicisendas, y también por fuera de la calzada (entendemos por las veredas) a la menor velocidad posible, y respetando siempre la prioridad del peatón.

Es obligatorio para los ciclistas el uso de casco homologado o certificado.

En las calzadas sin demarcación de carriles deben circular por el borde derecho. Podrá ser abandonado para superar a vehículos más lentos o que se encuentren detenidos o estacionados o para efectuar el giro a la izquierda donde esté permitido.


Para los padres:
¡No arriesguen la vida de sus hijos!
Los niños menores de 12 años no deben circular en bicicleta por las calles,
ni menos aún, por las rutas.